martes, 26 de mayo de 2015

COMUNIO: RESOLUCIÓN SOBRE EL CONFLICTO HERLY VS IGNORANTE

Dada cuenta lo ocurrido en la última jornada entre HerlyPc y yo, después de meditarlo mucho y guardar silencio, he decido finalmente pronunciarme sobre lo que ha pasado y cual debe ser su solución. Esto no es vinculante, es simplemente mi opinión.


TRIBUNAL SUPREMO DE PAISA HOMBLE
Asunto: Herly Vs Ignorante

SENTENCIA 1/2015

En Roquetas de Mar a 26 de mayo de 2015

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: El pasado día 23 de mayo se disputó la última jornada de liga, clave para decidir, entre otras cosas, que jugador descendía de categoria en el Comunio Peña Paisa Homble (en adelante Comunio PPH). Los dos jugadores afectados en esta disputa son Ignorante y HerlyPC. El primer partido de la jornada dió comienzo a las 16:30 horas, hora límite para publicar las alineaciones de los equipos de Comunio. El jugador HerlyPC, comenzó la disputa de esa jornada con 17 jugadores en plantilla, uno mas del permitido según lo estipulado en las reglas de la PPH, e incluyó en su alineación a sus dos últimos fichajes, Rochina y Tyton.

SEGUNDO: Apróximadamente sobre las 17:30 horas de del día de autos, tras las quejas de Ignorante a los Comisarios PPH, dando cuenta de los hechos descritos en el punto anterior, éstos actuaron inmediatamente, ese mismo día 23 mayo, ya comenzada la jornada, y anularon el fichaje de Rochina (última compra según el historial de fichajes), dejando la alineación de HerlyPC con un jugador menos, y además le sancionaron con una multa de un millón de euros.

TERCERO: El día 24 de mayo, Comunio publica las puntuaciones finales de la jornada, y en el computo de puntos de HerlyPC aparece una penalización de -4 ptos, por jugar con un jugador menos, aplicando así las reglas de Comunio. Esa penalización resulta ser decisiva, puesto que Ignorante termina clasificado justo por encima de HerlyPc, con tan solo 2 ptos de diferencia, y éste último termina ocupando el penúltimo puesto de la clasificación, lo que supone la pérdida de categoría. HerlyPc, reclama a los Comisarios, pero éstos deciden dejar las cosas como están, por lo que HerlyPc decide abandonar la PPH.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: Para entrar a valorar sobre el fondo del asunto, primero hay que tener en cuenta, que en la PPH existen 2 normativas: Las “reglas del juego de Comunio” (en adelante Rules) y la “Normativa Comunio PPH” (en adelante NC), aprobadas por la PPH en reuniones anuales, y publicada en el Tablón de la comunidad, y en las que en su primer punto se dice que será de estricto cumplimento las Rules. El punto 11 de las Rules, establece que ¡Recibirás menos 4 puntos por cada posición desocupada en la jornada!”. Asimismo, en la NC, en su tercer punto, se establece que “El número máximo de jugadores que podrá haber en la plantilla de cada manager al inicio de la jornada será de 16 jugadores, en caso de que algún manager al inicio de la jornada tuviera más de 16 jugadores, se procedería a anular sus últimos fichajes y a SANCIONAR con 1 MILLÓN por cada jugador de MAS”.

SEGUNDO: En la NC se recoge expresamente que “El no conocimiento de las reglas COMUNIO, no eximirá de una posible sanción”. HerlyPc tenía la obligación de cumplir la normativa, la cual es muy clara en lo relativo a la sanción que acarrea el tener mas de 16 jugadores en plantilla, pero eso sí, no contempla nada sobre la hora en la que deben hacerse las anulaciones de los fichajes, es decir, antes o después del inicio de la jornada. Al no haberse determinado lo anterior, lo lógico es aplicar las normas generales del derecho penal y administrativo, por lo que el momento en el que la autoridad competente debe aplicar la normativa debe ser inmediatamente después a tener conocimiento de los hechos. Por tanto, los Comisarios actuaron correctamente al aplicar la normativa en el momento en el que fue denunciada la irregularidad por parte de Ignorante. De no haberlo hecho, el perjudicado hubiera sido el denunciante. Quizás, en este caso, se le pueda achacar la culpa in vigilando a los Comisarios, puesto que no revisaron la plantilla de los peñistas esa jornada, pero que en ningún caso exime a HerlyPc de su obligación para con la normas de la comunidad. Los Comisarios no se dieron cuenta de la irregularidad, seguramente por olvido o por dejadez, y tendrán que dar cuentas de ello a todos lo peñistas, pero no se les puede responsabilizar a ellos del presunto daño ocasionado a HerlyPc.

TERCERO.- Además de lo anterior, resulta que ya existen precendentes de un caso completamente igual al que nos ocupa. El pasado día 6 de marzo de 2015, los peñistas Mclovin Pinillos y UD Escarlata fueron pillados por los Comisarios con “exceso de equipaje”, por lo que se les anularon sus últimos fichajes y fueron sancionados con un millón de euros, respectivamente. La anulación de los fichajes se hizo entre 22:26 horas y las 22:28 horas. A Mclovin le anularon el fichaje de Sergio Escudero y a Escarlata le anularon el fichaje de Dorado. Ese día, viernes, se disputó, a las 20:45 horas, el partido Levante-Eibar, correspondiente con la Jornada 26, por lo que las anulaciones se produjeron con la jornada comenzada. Eso supuso a Mclovin que Comunio le restara -4 ptos por la plaza desocupada que había dejado su jugador Sergio Escudero. UD Levante no alineó a el jugador Dorado, por lo no que no sufrió tal perjuicio. Mclovin se quejó a los Comisarios, pero estos no le dieron la razón. Por tanto, estamos ante un claro precedente que supone sentar jurisprudencia, a falta de que se regulen, negro sobre blanco, estos hechos en futuras normativas.

Por todo ello,

FALLO

QUE DEBO DESESTIMAR LOS RECURSOS, ALEGACIONES Y QUEJAS, planteadas por HerlyPc, y por tanto, DEBO ACORDAR Y ACUERDO EL DESCENSO DE HERLYPC y la permanencia de IGNORANTE DE LA VIDA en el Comunio de la próxima temporada.

CONTRA ESTA RESOLUCIÓN, NO CABE RECURSO ALGUNO.

Declaro FIRME, esta sentencia en el momento mismo de su publicación en el Blog de la Peña Paisa Homble.



 Fdo. ILUSTRISIMO, ALTÍSIMO Y REVENDÍSIMO SR. DON IGNORANTE DE LA VIDA, MAGISTRADO-PRESIDENTE ÉMERITO DEL TRIBUNAL SUPREMO DE LA PPH.

PRUEBA 1:

PRUEBA 2:

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